Servicios portuarios y comerciales
Servicios Portuarios
El artículo 108 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, establece que son servicios portuarios las actividades de prestación que sean necesarias para la explotación de los puertos dirigidas a hacer posible la realización de las operaciones asociadas con el tráfico marítimo, en condiciones de seguridad, eficiencia, regularidad, continuidad y no discriminación, y que sean desarrolladas en el ámbito territorial de las Autoridades Portuarias.
Servicio de practicaje.
Servicio de remolque portuario.
Servicio de amarre y desamarre.
- Prescripciones Particulares del Servicio Portuario de Manipulación de Mercancías en el Puerto de Avilés.
Servicios Comerciales
El artículo 138 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, establece que son servicios comerciales las actividades de prestación de naturaleza comercial que, no teniendo el carácter de servicios portuarios, estén vinculadas a la actividad portuaria.
- Pliego de Condiciones Particulares para la prestación del servicio comercial de Consignación de Buques en el Puerto de Avilés.

